27 junio, 2010

Especies en Peligro de Extinción

LA QUINA



La quina representa la riqueza vegetal en el Escudo de Perú, existen 17 especies y lamentablemente está en peligro de extinguirse tras años de sobreexplotación por poseer un alcaloide que ayuda a combatir la malaria.
En las décadas del 50 y 60 se abusó de la explotación de este árbol, en especial de la especie ‘cinchona officinalis’, que figura en el blasón peruano, por las bondades del alcaloide.
Se a emprendido una cruzada de reforestación de esta especie, esta consiste en trabajar con el código ADN para tener una identificación máxima de este espécimen.
Una vez conocidas sus características se podrá emprender la campaña con todos los organismos para reforestar al árbol de la quina.
Por su parte, el Instituto Nacional de Recursos Naturales (Inrena) anunció una serie de acciones, como realizar un censo para determinar cuántos árboles y bosques de quina existen en país, pues desde hace más de 20 años no se tiene un registro.
Inrena informó que algunas investigaciones arrojaron que habría árboles en las alturas centro andinas de las regiones Junín, Huancavelica, Apurímac, y que existe una expedición de biólogos para determinar si son de la especie “cinchona officinalis”.
Otro intento para salvar a esta especie la viene realizando el biólogo Alex Cox. En laboratorio, el científico la está germinando “in vitro” con el objetivo de reproducir los 17 tipos de quina.


EL OSO DE ANTEOJOS


El oso de anteojos habita en altitudes entre los 250 m.s.n.m. hasta los 4750 m.s.n.m. Se estima que en el Perú hay una población mínima de 5750 osos en estado adulto , por ello es una especie en peligro de extinción. El oso de anteojos cumple un papel importante dentro de la red trófica como dispersador de semillas de plantas. También actúa como polinizador, transportando el polen en su abundante pelaje.
Los enemigos naturales del oso de anteojos son el jaguar y el puma, pero es el hombre quien más ha contribuido a diezmar su población debido a la destrucción de los bosques que conforman su hábitat, a la cacería indiscriminada a la cual es sometido y a su tráfico ilícito. La pérdida de hábitat es el principal problema que enfrenta ,en vista que los bosques de neblina donde vive están desapareciendo a gran velocidad debido a la deforestación ocasionada por la agricultura migratoria, los incendios forestales y la tala de bosques para madera. Apenas le quedan algunos parches boscosos para vivir, también es víctima de una cacería furtiva e indiscriminada por ser considerado una amenaza para el ganado y para los campos de maíz. También muere debido a los pesticidas que son vertidos en los campos de cultivo. Otra amenaza que afecta al oso de anteojos es su tráfico ilícito para ser utilizado como mascota de circo, donde es sometido a numerosos maltratos ,es importante y urgente proteger a esta especie, conservando los bosques donde vive, impedir su cacería y tráfico ilícito, y desterrar el mito de sus garras como medicamento.

Actualidades...

Mineras prefieren pagar multas que invertir en programas para preservar el medio ambiente

Debido al bajo monto de las sanciones que impone Osinegmin, les resulta más beneficioso a las empresas pagar sus multas La sanción más elevada que puede recibir un minera por contaminar el ambiente puede ascender hasta 70 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) (S/. 180.000), suma que este tipo de empresas pueden pagar sin problemas, pero que no es suficiente para resolver el daño ocasionado.

Según informó el diario “Gestión”, para remediar el impacto se necesitaría entre 200 y 400 UIT, es decir, entre S/. 700.000 y 1’400.000.

Alfredo Dammert, presidente de Osinergmin, entidad que desde el 2007 asumió la labor de supervisar el cumplimiento de normas ambientales y de seguridad en el trabajo de la actividad minera, indicó en los últimos dos años han aplicado 316 multas a 77 empresa por un monto de S/.53 millones.

EVADEN RESPONSABILIDAD
Sin embargo, la mayoría de mineras prefiere no pagar la multa y presenta recursos de impugnación, que en la vía administrativa pueden demorar en resolverse hasta cuatro años, tiempo en que seguirán contaminando sin ser castigados.

“Hasta hace dos años, para impugnar una cobranza se necesitaba una orden judicial, pero desde que el Congreso cambió la ley, el sancionado puede presentar una demanda, y basta que sea recibida por el juez para impedir la cobranza”, explicó Dammert a “Gestión”.

EN ASCENSO
Además, la tendencia a incumplir con las normas ambientales se ha incrementado, ya que si el 2009 se aplicó 75 multas, en lo que va de este año se ha dado 80 sanciones de este tipo, lo que significa que, si la tendencia no cambia, para fines del 2010 estos casos se habrán duplicado.

Fuente: http://elcomercio.pe

HUARAZ - ANCASH
22 Abril 2010 - 2:10 pm

Titular del Ambiente resalta que nuestro país posee tres reservas de biosfera

Perú es rico en ecosistemas y zonas de vida, destaca ministro Antonio Brack

El Perú constituye un país rico en ecosistemas y zonas de vida al poseer tres reservas de biósfera que contribuyen a la conservación y al desarrollo sostenible, destacó hoy el ministro del Ambiente, Antonio Brack Egg.

Destacó que el país cuenta con las reservas Huascarán, Manu y Noroeste, así como la de Oxapampa-Asháninka-Yanesha, aunque esta última se encuentra en proceso de ser reconocida por la Unesco.

Como se recuerda, las reservas de biósfera son refugios terrestres o acuáticos creados para promover una relación equilibrada entre el hombre y la naturaleza, contribuyendo a satisfacer las necesidades de las generaciones futuras.

Para debatir sobre el tema, Brack inauguró en la ciudad de Huaraz, departamento de Áncash, el taller internacional “Reservas de biosfera, espacios de vida y desarrollo”, que cuenta con la presencia de la especialista Claudia Karez, representante de la Unesco para América Latina y el Caribe.

El encuentro, que se prolongará hasta el sábado, servirá también para presentar el Plan de Acción de Madrid y la Estrategia de Sevilla, que marcan la hoja de ruta para gestionar estos refugios de vida en todo el mundo frente al cambio climático.

Asimismo, en el encuentro, el especialista Jorge Ellis, de Unesco Ecuador, detallará los alcances del Plan de Acción de Madrid, que servirá para la elaboración de proyectos específicos de acción para las reservas de biósfera peruana.

Las reservas de biosfera son zonas de ecosistemas terrestres y marinos costeros o una combinación de los mismos, reconocidas en el plano internacional como tales en mérito al Programa sobre el Hombre y la Biósfera (MAB de la Unesco).

En Perú, los parques nacionales son importantes porque representan los núcleos dentro de la zonificación de las reservas de biósfera.

El taller forma parte de la celebración por el Día de la Tierra que se lleva a cabo hoy en diversas partes del mundo, con el fin de crear una conciencia común sobre los problemas de la contaminación y la conservación de la biodiversidad.

Cabe recordar, finalmente, que en el mundo existen 553 reservas de biósfera en 103 países.


http://blogs.elcomercio.pe/corresponsalesescolares/2007/11/concurso-semanal-ecosistemas-t.html


18 junio, 2010

Base Teórica

Para estudiar un ecosistema se debe de conocer algunos conceptos relacionados...

Un bioma es un conjunto de ecosistemas. Los grandes biomas del mundo son: praderas y sabanas, desiertos, tundras, taigas, bosques templados caducifolios, bosques secos tropicales (también caducifolios), bosques lluviosos tropicales, páramos y punas, biomas de altas montaña, biomas polares, biomas insulares (altamente endémicos y oligoespecíficos) y los biomas marinos
La biosfera, también denominada Ecosfera, está constituida por todos los organismos vivos del planeta y sus interacciones con el medio físico global, como una unidad, para mantener un sistema estable. Es decir, está formada por océanos, lagos y ríos, la tierra firme y la parte inferior de la atmósfera que, entre todos, hacen posible el mantenimiento de la vida en el planeta.

Ecosistema
El ecosistema funciona como un sistema abierto (definido dentro del espacio y el tiempo) donde existe una integración y autorregulación entre los elementos no vivientes del ecosistema (factores físicos, químicos y fisicoquímicos) con los factores biológicos multi específicos, es decir, con una gran diversidad de organismos vivos.
Los factores físicos: la luz solar, la temperatura, las condiciones atmosféricas, el nivel
Los factores biológicos:
Productores (vegetales verdes. Bacterias, cianobacterias, clorofilas, etc.)
Consumidores (primarios, secundarios, terciarios y los reproductores o desintegradotes)
En este tipo de sistema abierto fluye la energía proveniente, en primera instancia, de la luz solar y circulan los materiales.
Homeostasis
La homeostasis se define como la capacidad que tiene el propio ecosistema, mediante mecanismos de retroalimentación negativa, de mantener su estabilidad.
Los ecosistemas tienen un equilibrio dinámico; las fluctuaciones naturales se deben a las variaciones climáticas, migraciones, sequías inundaciones, incendios, etc.

Sucesión ecológica
La sucesión ecológica consiste en cambios que se extienden sobre decenios, siglos o milenios, y que se superponen a fluctuaciones y ritmos más breves. La sucesión es un fenómeno de ocupación progresiva del espacio, de acción y reacción incesantes.
La sucesión puede subdividirse en etapas o fases, cada una sustituyendo a la anterior en un proceso lento y gradual.

Fase 1: Medio físico-químico: Escaso suelo, mucha roca desnuda.
Seres vivos: Instalación de plantas herbáceas, musgos, líquenes crustáceos, gramíneas y leguminosas anuales.
Fase 2: Medio físico-químico: Se va enriqueciendo el suelo. Existe cada vez más capa de materia orgánica.
Seres vivos: Entre el pasto aparecen los primeros matorrales de pequeño porte y baja talla.
Fase 3: Medio físico-químico: El suelo tiene una potente capa de humus.
Seres vivos: con el paso de los años, la diversidad va en aumento. Se instalan ya matorrales de gran porte y se inicia una colonización de especies arbóreas.
Fase 4: Medio físico-químico: La riqueza de materia orgánica es máxima.
Seres vivos: también es máxima la diversidad. Se instalan árboles de hoja caduca de distintas especies, dependiendo del suelo. En los claros del bosque existe una gran riqueza florística y abundante fauna. Es la comunidad Clímax.



La regresión consiste en la destrucción irregular o al azar de algunos elementos de la estructura de un ecosistema. Si la destrucción es local, existen en la periferia del área todos los elementos necesarios para que, al punto que deja de actuar el agente perturbador, la sucesión se reanude con gran rapidez. En esto consiste la sucesión secundaria, que se puede comparar al proceso de restauración o cicatrización de una herida en un organismo.



Estratificación o distribución de los ecosistemas
Todos los ecosistemas presentan cierto grado de estratificación o disposición en estratos o capas.
La estratificación se refiere a las separaciones entre los organismos y pueden presentarse tanto en el espacio como en el tiempo. En el espacio un ecosistema se puede estratificar ya sea en forma vertical, que es el caso más común, en capas propiamente dichas o en forma horizontal, en círculos concéntricos. Con respecto al tiempo, la estratificación puede deberse a las variaciones causadas por los patrones o ritmos diarios, lunares, estaciónales, etc.
De tal manera, la mayoría de plantas y animales presentan marcadas variaciones en cuanto a los ciclos del día y la noche, que se denominan fotoperiodicidad: respuesta de un organismo a las condiciones de luz y oscuridad.
Estratificación vertical
Cuando el ecosistema se estratifica se presentan capas o estratos; por lo menos existen dos: el superior, por donde penetra la luz, y el estrato inferior, donde se acumula la materia orgánica.
Cada uno de los estratos de un ecosistema posee su propio tipo de alimentos, abrigo, temperatura, luz y condiciones de humedad. Por lo que cada uno de ellos resulta optimo para las diversas especies vegetales de las que a su vez dependen las diversas especies animales.
Los estratos verticales pueden subdividirse, por lo que, un bosque puede poseer varias capas, según la altura de la vegetación:
• El dosel del bosque lo forman los árboles más altos, que absorben y difunden más de la mitad de energía salar de este ecosistema.
• En la sección siguiente, denominada subpiso, pueden presentarse los individuos mas Jóvenes de las especies que forman el dosel y otras especies distintas, aquí los árboles disponen de cierta sombra.
• En la tercera sección se encuentran los arbustos, los cuales reciben solo el 10% de la luz solar filtrada a través del dosel y el subpiso.
• La cuarta sección la ocupan las hierbas, helechos y musgo; estos requieren muy poca luz, ya que en un bosque denso sólo 1% de la luz solar llega hasta el suelo.
Estratificación horizontal
Este tipo de estratificación estudia la diversidad de la comunidad biológica desde el límite exterior del ecosistema hacia el centro.
La estratificación horizontal generalmente no empieza y termina en forma abrupta, se suele presentar típicamente en los alrededores de zonas con drenaje deficiente que permite la formación de charcos, estanques o ciénagas, donde las comunidades terrestres se mezclan con las acuáticas. Cuando en una zona se da con claridad una zona de transición, por ejemplo, una playa, suelen presentarse fenómenos sucesionales que conducen al establecimiento de comunidades muy ricas denominadas ecofonos.

Antecedentes

Conservación Interancional Perú

A través del Programa Tambopata, se viene trabajando desde 1990 en la ex Zona Reservada Tambopata-Candamo, cuya categorización significó la creación de los actuales Parque Nacional Bahuaja Sonene y Reserva Nacional Tambopata con sus respectivas Zonas de Amortiguamiento (departamentos de Madre de Dios y Puno).

En 1997 se inició el Programa Vilcabamba en la ex Zona Reservada Apurímac (departamentos de Junín y Cusco), convertida hoy en el Parque Nacional Otishi y las Reservas Comunales Asháninka y Machiguenga. Desde 1994, CI Perú viene trabajando en el Programa Cóndor, en la Cordillera del Cóndor y en la Zona Reservada Santiago-Comaina ubicada en el departamento de Amazonas (provincia Condorcanqui, distrito Cenepa y Santiago) y en el departamento de Loreto(provincia de Alto Amazonas, distrito de Morona).

El 01 de octubre del 2004, Conservación Internacional y la Asociación para la Conservación de la Naturaleza - APECO, lanzan el Programa de Becas de Investigación de Especies Amenazadas “Maria Koepcke” que busca crear oportunidades para la investigación de las especies en estado critico, en peligro y en estado vulnerable en el Perú.

Fuente: CI Perú


Universidad Científica del Sur

Junio 2008: Con la finalidad de ejecutar proyectos de investigación científica, especialmente relacionados a la fauna marina y su ecología, así como contribuir en el manejo de los recursos naturales y la conservación de los ecosistemas marinos, la Universidad Científica del Sur (UCSUR) firmó un importante convenio con la Asociación Civil Protección de Áreas Marinas e Islas (PROISLAS).

Este convenio que priorizará las actividades de la Facultad de Biología Marina y Econegocios de la UCSUR, permitirá poner en marcha programas de investigación, desarrollo, fomento y sostenibilidad de los ecosistemas marinos considerando el cuidado de la salud de las especies; así como los aspectos vinculados a la nutrición, alimentación, reproducción, diagnóstico de las enfermedades y el impacto industrial sobre el ambiente. El documento, que oficializa el trabajo conjunto entre ambas instituciones, lleva la firma del Dr. Agustín Iza, Rector de la UCSUR y del Sr. Javier Modonese, Presidente Ejecutivo de PROISLAS.

Fuente: UCSUR


Gobierno Regional de Piura

Julio 2008: Ante los efectos del cambio climático, el gobierno regional de Piura dispuso la creación de un sistema de conservación de áreas naturales y su respectivo programa, al existir en este departamento ecosistemas frágiles y especies con altos niveles de endemismo y amenazas.

Según una ordenanza regional, resulta coherente y acorde con las necesidades y prioridades que exige el cambio climático contar con el Sistema Regional de Conservación de Áreas Naturales de Piura (SRCAN) y el Programa Regional de Conservación de Áreas Naturales de Piura (PRCAN), adscrito a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente.

El sistema de conservación debe caracterizarse por ser estratégico, dinámico, flexible y continuo, y estar enmarcado en la normatividad vigente y sobre la base de una planificación participativa y concertada. Su programa estará conformado por las instituciones públicas y privadas que ejerzan competencias y funciones sobre la conservación de la biodiversidad, medio ambiente y recursos naturales.

El objetivo de su implementación es conservar la diversidad biológica en el departamento y mediante ello contribuir al desarrollo regional sostenible, en especial el de las comunidades rurales asentadas en el ámbito de influencia de los sitios identificados como prioritarios por su biodiversidad.

La ordenanza, publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, lleva la firma del titular piurano, César Trelles Lara.

Fuente: Andina


WWF PERÚ/ Grupo Aserradero Espinoza

Enero 2010: El manejo responsable de bosques amazónicos genera oportunidades de negocio e incluso puede ayudar a conservar especies clave como el puma y el jaguar. Y hoy, ese es el caso en la Amazonía de Madre de Dios en Perú, considerada por muchos como el área con los bosques más biodiversos del mundo. Ahí, la experiencia del “Grupo Aserradero Espinoza” acaba de ser identificada como un caso ejemplar de manejo forestal sostenible. A través de una iniciativa financiada por el Gobierno Regional de Castilla y León de España y liderada por la Oficina Regional de la FAO para América Latina, se ha buscado contribuir a fortalecer las políticas forestales en la región mediante la identificación y difusión de buenas prácticas. Así, diversos países de América Latina y el Caribe participaron recientemente en un largo proceso de selección que incluyó una rigurosa evaluación y visitas a campo, que finalmente concluyó con la selección de la empresa “Grupo Aserradero Espinoza” como uno de los 24 casos ejemplares en el continente.

“Nuestro interés es que casos como este reciban el reconocimiento que merecen, y que consigan dos cosas: la mejora de las condiciones de trabajo, y la replicación de las características técnicas que los hacen ejemplares en cuanto a su sostenibilidad”, señaló Miguel Segur, Coordinador de Cooperación Internacional de CESEFOR (Centro de Servicios y Promoción Forestal y de su Industria de Castilla y León - España), entidad encargada de evaluar las experiencias forestales participantes.

Espinoza - con la asistencia técnica de WWF Perú - inició en el año 2005 un proceso de reingeniería, dejando atrás los métodos habituales de tala para adquirir paulatinamente nuevas y mejores técnicas de aprovechamiento que reducen el impacto en el bosque. Asimismo, inició un proceso de ordenamiento de sus procesos productivos y de control que en 2007 lo llevó a obtener la certificación FSC (Forest Stewardship Council) en manejo del bosque, y hoy apoya actividades de investigación de fauna en sus áreas de trabajo.

Alfredo Rodríguez, Especialista de WWF Perú en Gestión empresarial afirma que “logros como este sirven para consolidar el trabajo que venimos desarrollando junto a las empresas en pro del manejo forestal sostenible y para alentarlas a replicar experiencias ejemplares como la suya que contribuyen a conservar los bosques más diversos del planeta.” El “Grupo Aserradero Espinoza” cuenta con dos concesiones, y un aserradero en la Región Madre de Dios, en el sureste peruano, una planta de almacenamiento en Cuzco y otra en Lima, todas certificadas bajo los estándares del FSC.

En 2009 tuvo ventas por más de USD 1 030 000, a mercados como Europa y China, y con su incorporación a la Red de Comercio Forestal Sostenible (GFTN Perú) - promovida por WWF a nivel mundial - esperan incrementar significativamente su participación de mercado ofertando madera FSC.

Fuente: WWF Perú

Problemática


Actualmente el desarrollo del Perú no es muy adecuado , ya que estamos en los últimos lugares de América y en el puesto 84 según el índice de desarrollo humano y casi últimos en Sudamérica en el índice de pobreza .

El Perú tiene un potencial de recursos naturales muy importante ya que es considerado uno de los 8 países mega diversos del mundo y un potencial genético importante.
En la zona de la selva el Perú está poco poblado, esto debido a un centralismo muy acentuado en la capital de la república, lo que ha permitido un desarrollo muy incipiente.

Es Perú tiene un promedio de 20 habitantes por kilómetro, pero es muy desigual, ya que Lima tiene mas de 1,500 habitantes por kilómetro y zonas como Madre de Dios en la selva por ejemplo, tiene menos de 1 habitante por kilómetro, lo cual nos muestra que la selva es menos poblada.

Uno de los problemas graves del Perú es el elevado nivel de centralismo, que significa que los decisiones para todo se toman en la capital de la república, desde textos escolares, recaudación de impuestos, decisiones de inversión, etc.


ECOSISTEMAS AMENAZADOS Y ESPECIES EN PELIGRO

(Fuente: Estrategia Nacional de Diversidad Biológica – CONAM)

La consecuencia de las amenazas actuales en contra de la biodiversidad es la degradación de ecosistemas y la larga lista de especies en peligro de extinción. La degradación de ecosistemas importantes y altamente productivos, es creciente.

Manglares

Los bosques de mangle, otrora extensos desde la boca del río Piura hasta la frontera con Ecuador y con una superficie de unas 28 000 ha, son ecosistemas muy productivos y de importancia para la reproducción de muchas especies.

Hoy los manglares han sido reducidos a pocas áreas y todas ellas intervenidas agresivamente por la cosecha de sus productos. La reducción de la superficie es debido a la instalación de langostineras y la ampliación de la frontera agrícola, con la tala consecuente del bosque de mangle. La sobrecosecha de moluscos (conchas negras, pata de burro y otras), crustáceos (cangrejos) y otras especies ha reducido las poblaciones existentes de estas especies. De los manglares han desaparecido varias especies, entre ellas la pava aliblanca, abundante hasta el siglo pasado, y el cocodrilo es ya una rareza.


Estos ecosistemas tan importantes para las aves migratorias y para muchas especies de la fauna, están desapareciendo gradualmente por el drenaje para la implantación de cultivos y por los procesos de urbanización. Los más afectados son los de Chimbote, lagunas de Villa (Lima), Puerto Viejo (Chilca), Aguas Santas (Pisco) y varios otros.

Legislación

Introduccion

Los gobiernos locales son una alternativa viable para frenar el deterioro de los recursos naturales en el ámbito local; no obstante, deben acompañarse de un apoyo técnico que tenga en cuenta el aprovechamiento del capital natural disponible en un territorio determinado. De igual manera, las normas deberían ir de la mano de los planes de manejo y de los planes de ordenamiento territorial.

En el caso de los territorios que no cuentan con tierras comunales o con una organización comunitaria fuerte sino con propietarios privados del bosque, la ordenanza municipal aparece
como el instrumento de gestión y de control adecuado. Las normas que buscan la protección y el manejo sostenible de los recursos naturales aseguran los servicios ambientales y los factores de producción (agua, suelo, bosque) de la población rural y son uno de los elementos que permiten mejorar sus condiciones de vida.

Las normas nacionales y locales surgen en atención a un recurso natural en particular - agua, suelo, biodiversidad - pero en el caso de las locales su elaboración finaliza en un tratamiento integral de los recursos naturales.

Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales
Ley N° 26821

LEY ORGANICA PARA EL APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE DE LOS RECURSOS NATURALES

TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Ambito de aplicación
Artículo 1o.- La presente Ley Orgánica norma el régimen de aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, en tanto constituyen patrimonio de la Nación, estableciendo sus condiciones y las modalidades de otorgamiento a articulares, en cumplimiento del mandato contenido en los artículos 66o y 67o del Capítulo II del Título III de la onstitución Política del Perú y en concordancia con lo establecido en el Código del Medio Ambiente y los Recursos
Naturales y los convenios internacionales ratificados por el Perú.

Objetivo
Artículo 2o.- La presente Ley Orgánica tiene como objetivo promover y regular el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, renovables y no renovables, estableciendo un marco adecuado para el fomento a la inversión, procurando un equilibrio dinámico entre el crecimiento económico, la conservación de los recursos naturales y del ambiente y el desarrollo integral de la persona humana.

Definición de recursos naturales
Artículo 3o.- Se consideran recursos naturales a todo componente de la naturaleza, susceptible de ser aprovechado por el ser humano para la satisfacción de sus necesidades y que tenga un valor actual o potencial en el mercado, tales como:

a. las aguas: superficiales y subterráneas;
b. el suelo, subsuelo y las tierras por su capacidad de uso mayor: agrícolas, pecuarias, forestales y de protección;
c. la diversidad biológica: como las especies de flora, de la fauna y de los microorganismos o protistos; los recursos genéticos, y los ecosistemas que dan soporte a la vida;
d. los recursos hidrocarburíferos, hidroenergéticos, eólicos, solares, geotérmicos y similares;
e. la atmósfera y el espectro radioeléctrico;
f. los minerales;
g. los demás considerados como tales.

El paisaje natural, en tanto sea objeto de aprovechamiento económico, es considerado recurso natural para efectos de la presente Ley.
Alcance del dominio sobre los recursos naturales
Artículo 4o.- Los recursos naturales mantenidos en su fuente, sean estos renovables o no renovables, son Patrimonio de la Nación. Los frutos y productos de los recursos naturales, obtenidos en la forma establecida en la presente Ley, son del dominio de los titulares de los derechos concedidos sobre ellos.

Participación ciudadana
Artículo 5o.- Los ciudadanos tienen derecho a ser informados y a participar en la definición y adopción de políticas relacionadas con la conservación y uso sostenible de los recursos naturales. Se les reconoce el derecho de formular peticiones y promover iniciativas de carácter individual o colectivo ante las autoridades competentes, de conformidad con la ley de la materia.

TITULO II
EL ESTADO Y EL APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALES

El Estado y los recursos naturales
Artículo 6o.- El Estado es soberano en el aprovechamiento de los recursos naturales. Su soberanía se traduce en la competencia que tiene para legislar y ejercer funciones ejecutivas y jurisdiccionales sobre ellos.

Función promotora del Estado
Artículo 7o.- Es responsabilidad del Estado promover el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, a través de las Leyes especiales sobre la materia, las políticas del desarrollo sostenible, la generación de la infraestructura de apoyo a la producción, fomento del conocimiento científico tecnológico, la libre iniciativa y la innovación productiva. El
Estado impulsa la transformación de los recursos naturales para el desarrollo sostenible.
Límites al otorgamiento y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales

Artículo 8o.- El Estado vela para que el otorgamiento del derecho de aprovechamiento sostenible de los recursos naturales se realice en armonía con el interés de la Nación, el bien común y dentro de los límites y principios e stablecidos en la presente ley, en las leyes especiales y en las normas reglamentarias sobre la materia.

Investigación científica
Artículo 9o.- El Estado promueve la investigación científica y tecnológica sobre la diversidad, calidad, composición, potencialidad y gestión de los recursos naturales. Promueve, asimismo, la información y el conocimiento sobre los recursos naturales. Para estos efectos, podrán otorgarse permisos para investigación en materia de recursos naturales incluso sobre recursos materia de aprovechamiento, siempre que no perturben el ejercicio de los derechos concedidos por los títulos anteriores.

Inventario y valorización de los recursos naturales y de los servicios ambientales.
Artículo 10o.- El Estado, a través de los sectores competentes, realiza los inventarios y la valorización de los diversos recursos naturales y de los servicios ambientales que prestan, actualizándolos periódicamente. La información será centralizada en el órgano competente.

Zonificación Ecológica y Económica para el uso de los recursos naturales
Artículo 11o.- La Zonificación Ecológica y Económica (ZEE) del país se aprueba a propuesta de la Presidencia del Consejo de Ministros, en coordinación intersectorial, como apoyo al ordenamiento territorial a fin de evitar conflictos por superposición de títulos y usos inapropiados, y demás fines. Dicha Zonificación se realiza en base a áreas prioritarias conciliando los intereses nacionales de la conservación del patrimonio natural con el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.
Conservación de recursos naturales a través de delimitación de áreas, declaración de especies en extinción, Reservas o Vedas
Artículo 12o.- Es obligación del Estado fomentar la conservación de áreas naturales que cuentan con importante diversidad biológica, paisajes y otros componentes del patrimonio natural de la Nación, en forma de Areas Naturales Protegidas en cuyo ámbito el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales estará sujeto a normatividad especial. La protección de recursos vivos en peligro de extinción que no se encuentren dentro de Areas Naturales Protegidas se norma en leyes especiales. Las declaraciones de reserva o veda se realizan por Decreto Supremo. Las leyes especiales a que hace referencia el párrafo anterior precisarán las sanciones de carácter administrativo, civil o penal de los infractores.

Gestión sectorial y transectorial de los recursos naturales
Artículo 13o.- Las leyes especiales que regulen el aprovechamiento sostenible de recursos naturales precisarán el sector o sectores del Estado responsables de la gestión de dichos recursos e incorporarán mecanismos de coordinación con los otros sectores, a fin de evitar que el otorgamiento de derechos genere conflictos por superposición o incompatibilidad de los derechos otorgados o degradación de los recursos naturales. La ley especial determina el Sector competente para el otorgamiento de derechos para el aprovechamiento sostenible,
en el caso de recursos naturales con varios usos. Los sectores involucrados en su gestión deberán emitir opinión previa a la decisión final del sector correspondiente.

Registros Públicos
Artículo 14o.- Los diversos registros públicos sobre concesiones y demás modalidades de otorgamiento de derechos sobre los recursos naturales forman parte del Sistema Nacional de los Registros Públicos.

Solución de conflictos
Artículo 15o.- Las leyes especiales que regulen el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales determinan la prelación de derechos, los procedimientos y las instancias administrativas y de gobierno con competencia para la resolución de las controversias o conflictos que puedan surgir a propósito de la gestión de los recursos naturales entre los sectores, o entre éstos y los particulares.

Supervisión del aprovechamiento sostenible
Artículo 16o.- Las leyes especiales que regulen el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales incluirán, en lo posible, medidas para la adecuada supervisión del aprovechamiento sostenible de los recursos naturales en zonas de dificil acceso.

TITULO III
DE LOS RECURSOS NATURALES DE LIBRE ACCESO

Recursos de libre acceso
Artículo 17o.- Los habitantes de una zona geográfica, especialmente los miembros de las comunidades campesinas y nativas, pueden beneficiarse, gratuitamente y sin exclusividad, de los recursos naturales de libre acceso del entorno adyacente a sus tierras, para satisfacer sus necesidades de subsistencia y usos rituales, siempre que no existan derechos exclusivos o excluyentes de terceros o reserva del Estado. Las modalidades ancestrales de uso de los
recursos naturales son reconocidas, siempre que no contravengan las normas sobre protección del ambiente. El beneficio sin exclusividad no puede ser opuesto a terceros, inscrito, ni reivindicado. Termina cuando el Estado otorga los recursos naturales materia del beneficio. El entorno a que se refiere el párrafo precedente abarca los recursos naturales que puedan encontrarse en el suelo y subsuelo y los demás necesarios para la subsistencia o usos rituales.

Recursos en tierras de las comunidades campesinas y nativas, debidamente tituladas
Artículo 18o.- Las comunidades campesinas y nativas tienen preferencia en el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales de sus tierras, debidamente tituladas, salvo expresa reserva del Estado o derechos exclusivos o excluyentes de terceros.

TITULO IV
DEL OTORGAMIENTO DE DERECHOS SOBRE LOS RECURSOS NATURALES
Otorgamiento de derechos sobre los recursos naturales
Artículo 19o.- Los derechos para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales se otorgan a los particulares mediante las modalidades que establecen las leyes especiales para cada recurso natural. En cualquiera de los casos, el estado conserva el dominio sobre estos, así como sobre los frutos y productos en tanto ellos no hayan sido concedidos por algún título a los particulares.

Retribución económica por aprovechamiento de recursos naturales
Artículo 20o .- Todo aprovechamiento de recursos naturales por parte de particulares da lugar a una retribución económica que se determina por criterios económicos, sociales y ambientales.
La retribución económica a que se refiere el párrafo precedente, incluye todo concepto que deba aportarse al Estado por el recurso natural, ya sea como contraprestación, derecho de otorgamiento o derecho de vigencia del título que contiene el derecho, establecidos por las leyes especiales. El canon por explotación de recursos naturales y los tributos se rigen por sus leyes especiales.

Características del derecho de aprovechamiento sostenible de recursos naturales
Artículo 21o.- La Ley especial dictada para el aprovechamiento sostenible de cada recurso natural precisa las condiciones, términos, criterios y plazos para el otorgamiento de los derechos, incluyendo los mecanismos de retribución económica al Estado por su otorgamiento, el mantenimiento del derecho de vigencia, las condiciones para su inscripción en el registro correspondiente, así como su posibilidad de cesión entre particulares.

Naturaleza jurídica del derecho de aprovechamiento sostenible sobre los recursos naturales
Artículo 22o.- Las leyes especiales, al normar el alcance del derecho de aprovechamiento sostenible sobre los recursos naturales, deberán contemplar en forma precisa los atributos que se conceden, sean estos de carácter real o de otra naturaleza.

La concesión
Artículo 23o.- La concesión, aprobada por las leyes especiales, otorga al concesionario el derecho para el aprovechamiento sostenible del recurso natural concedido, en las condiciones y con las limitaciones que establezca el título respectivo. La concesión otorga a su titular el derecho de uso y disfrute del recurso natural concedido y, en consecuencia, la propiedad de los frutos y productos a extraerse. Las concesiones pueden ser otorgadas a plazo fijo o indefinido. Son irrevocables en tanto el titular cumpla las obligaciones que esta Ley o la legislación especial exijan para mantener su vigencia. Las concesiones son bienes incorporales registrables. Pueden ser objeto de disposición, hipoteca, cesión y reivindicación, conforme a las leyes especiales. El tercero adquirente de una concesión deberá sujetarse a las condiciones en que fue originariamente otorgada. La concesión, su disposición y la constitución de derechos reales sobre ella, deberán inscribirse en el registro respectivo.

De las licencias, derechos, permisos, autorizaciones, contratos de acceso, contratos de explotación, a que se refieren las leyes especiales
Artículo 24o.- Las licencias, autorizaciones, permisos, contratos de acceso, contratos de explotación y otras modalidades de otorgamiento de derechos sobre recursos naturales, contenidas en las leyes especiales tienen los mismos alcances que las concesiones contempladas en la presente ley, en lo que les sea aplicable.

Títulos de diversa naturaleza sobre un mismo recurso natural
Artículo 25o.- Pueden concederse diversos títulos de aprovechamiento sostenible sobre un mismo recurso natural. En estos casos, la ley deberá establecer la prelación de derechos y demás normas necesarias para el ejercicio efectivo de tales derechos.

Títulos sobre recursos naturales distintos en un mismo entorno
Artículo 26o.- El derecho de aprovechamiento sostenible sobre un recurso natural no confiere derecho alguno sobre recursos naturales distintos al concedido que se encuentren en el entorno.

Recursos naturales de carácter transfronterizo
Artículo 27o.- Los aspectos relacionados con la gestión de los recursos naturales transfronterizos se regirán por los tratados sobre la materia o, en su defecto, por la legislación especial.

TITULO V
DE LAS CONDICIONES DE APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALES

Aprovechamiento sostenible de los recursos naturales
Artículo 28o.- Los recursos naturales deben aprovecharse en forma sostenible. El aprovechamiento sostenible implica el manejo racional de los recursos naturales teniendo en cuenta su capacidad de renovación, evitando su sobre-explotación y reponiéndolos cualitativa y cuantitativamente, de ser el caso. El aprovechamiento sostenible de los recursos no renovables consiste en la explotación eficiente de los mismos, bajo el principio de sustitución de valores o beneficios reales, evitando o mitigando el impacto negativo sobre otros recursos del
entorno y del ambiente.

Condiciones del aprovechamiento sostenible
Artículo 29o.- Las condiciones del aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, por parte del titular de un derecho de aprovechamiento, sin perjuicio de lo dispuesto en las leyes especiales, son:

a. Utilizar el recurso natural, de acuerdo al título del derecho, para los fines que fueron otorgados, garantizando el mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales.
b. Cumplir con las obligaciones dispuestas por la legislación especial correspondiente.
c. Cumplir con los procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental y los Planes de Manejo de los recursos naturales establecidos por la legislación sobre la materia.
d. Cumplir con la retribución económica correspondiente, de acuerdo a las modalidades establecidas en las leyes especiales.
e. Mantener al día el derecho de vigencia, definido de acuerdo a las normas legales pertinentes.
Caducidad de los derechos de aprovechamiento sostenible

Artículo 30o.- La aplicación de las causales de caducidad se sujetará a los procedimientos que establezcan las leyes especiales, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa, civil o penal correspondiente. La caducidad determina la reversión al Estado de la concesión, desde el momento de la inscripción de la cancelación del título correspondiente.

DISPOSICIONES FINALES
Excepciones al ámbito de aplicación de la presente ley
Primera.- Las especies cultivadas o domesticadas de la flora y la fauna se rigen por el régimen de propiedad de acuerdo a Ley y con las limitaciones que ésta imponga.

Genes humanos
Segunda.- Los aspectos relacionados con la genética humana se rigen por las normas y principios aplicables a la protección de las personas y la vida humana y, en ningún caso, constituyen recursos naturales para los efectos de esta Ley.
Vigencia de convenios de estabilidad y de leyes especiales sobre recursos naturales Tercera.- Mantienen su plena vigencia, entre otras, las siguientes leyes sobre recursos naturales
promulgadas con anterioridad a la presente, incluyendo sus modificatorias o complementarias:

- Decreto Legislativo No 653, Ley de Promoción de las Inversiones en el Sector Agrario.
- Ley No 26505, Ley de Tierras.
- Decreto Ley No 750 Ley de Promoción de las Inversiones en el Sector Pesquero.
- Decreto Ley No 25977, Ley General de Pesca.
- Decreto Ley No 26221, Ley General de Hidrocarburos.
- Ley General de Minería con el texto concordado publicado por Decreto Supremo No 014-92-EM, Texto Unico
Ordenado de la Ley General de Minería.
- Decreto Ley No 25844, Ley de Concesiones Eléctricas.
- Ley No 24027, Ley General de Turismo.
Los alcances de los convenios de estabilidad suscritos con el Estado peruano con anterioridad a esta ley se encuentran fuera de su ámbito de aplicación, dentro de su plazo de vigencia.
La presente ley no modifica las garantías y seguridades contenidas en los contratos celebrados conforme al Artículo 62o de la Constitución Política del Perú.

Casos


Con el afán de cuidar nuestro ecosistema, el Perú lanzará 15 nuevas áreas de conservación
Gracias a la iniciativa de los gobiernos regionales, comuneros y otras agrupaciones interesadas en preservar nuestro medioambiente, el Perú estrenará 15 áreas naturales de conservación, que abarcarán más de un millón de hectáreas en ocho departamentos de la costa, sierra y selva del país.
El jefe del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas del Estado, Luis Alfaro, dio esta buena noticia al diario el Comercio, y explicó que la institución ha dado el visto bueno para la realización de los proyectos, los cuales serán enviados próximamente al despacho del Ministerio del Ambiente para su posterior aprobación por la Presidencia del Consejo de Ministros.
“Las 15 propuestas ya están en vías de ser declaradas como áreas de conservación. Se trata de un hecho sin precedentes porque estos espacios protegidos podrán generar unas siete gigatoneladas de captura de carbono, lo cual podría significar importantes captaciones de ingresos para financiar proyectos de conservación en el país”. Estas 15 nuevas áreas de conservación incluirán bosques tropicales, especies de animales en posible peligro de extinción y toda la fauna y flora silvestre características de nuestro valioso ecosistema.

DIVERSIDAD Y CONSERVACIÓN DE LOS MAMÍFEROS DE AREQUIPA, PERÚ
El departamento de Arequipa se encuentra en la parte sur occidental del Perú, entre los 15° y 17° S y los 71° y 75° W aproximadamente y ocupa un área de 63 527,62 km2. La región es predominantemente desértica y sube rápidamente desde el nivel del mar hasta los 6 310 msnm (punto más alto según ONERN, 1974). La zona costera es una extensa y angosta franja litoral, con playas y acantilados; se continúa con tablazos desérticos y la vertiente occidental de los Andes. Toda la región andina se caracteriza por su relieve accidentado con presencia de volcanes. La gran variabilidad geológica y climática de la región condiciona la presencia de diversos ecosistemas, tales como áreas desérticas, valles costeros e interandinos y puna, en donde vive una fauna particular adaptada a estas condiciones. Arequipa forma parte de la provincia biogeográfica del Desierto (distritos del Desierto Costero y los Cardonales) y de la provincia biogeográfica Altoandina, ambas del dominio Andino-Patagónico, y presenta un total de 24 zonas de vida.
Se registran 6 órdenes, 20 familias y 72 especies silvestres entre formas silvestres (70) y domésticas (2). Los mamíferos terrestres están representados por 59 especies y los marinos por 13 especies. El grupo de los roedores con 28 especies (38,89%) comprende el orden más numeroso, seguido de los cetáceos (13 especies, 18,06%), quirópteros (13 especies, 18,06%), carnívoros (12 especies, 16,6%), artiodáctilos (4 especies, 5,6%) y un didelfimorfo (1,39%).
Algunos grupos de mamíferos, como los roedores y los camélidos, merecen especial atención por tener importancia tanto en el ecosistema como en la economía del poblador. Los roedores sigmodontinos son importantes elementos de la cadena trófica ya que proporcionan sustento para todo tipo de carnívoros y rapaces, también porque son eficientes dispersores de semillas, buenos controladores biológicos de invertebrados, reservorios de enfermedades del hombre y los animales, y potenciales plagas agrícolas. Otros roedores como la vizcacha Lagidium peruanum y el cuy silvestre Cavia tschudii son recursos potencialmente explotables considerando que sus poblaciones son aún numerosas. Las formas domésticas de camélidos de América del Sur (llama y alpaca) son muy importantes para la economía del poblador andino. Se considera a Lama vicuña como el mamífero más importante en el Perú y en la región.